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Empleo y seguridad en el trabajo en la Comunidad Portuaria

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S_20

Exigencia de medidas preventivas y de seguridad (S_20)

En los Pliegos de Condiciones de otorgamiento, la Autoridad Portuaria de Huelva (APH) exige a los solicitantes de licencias o autorizaciones de prestación de servicios, la presentación, entre otras, de una declaración responsable de cumplimiento de las obligaciones que en materia de prevención de riesgos laborales (PRL) regula la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de PRL y demás normativa de desarrollo y, en especial, lo dispuesto respecto a la coordinación de actividades empresariales (CAE), en su condición de titular del centro de trabajo, en el RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la mencionada Ley en materia de CAE.

S_21

Mecanismos de coordinación de actividades empresariales (S_21)

La PRL es un elemento principal en la gestión de la seguridad portuaria, lo que nos lleva a redoblar los esfuerzos por controlar, coordinar y prever todas las circunstancias que interaccionan en el ámbito portuario.

Un medio tan complejo como el portuario, donde multitud de agentes llevan a cabo su actividad de manera simultánea en el mismo entorno, exige un alto grado de coordinación y control para que la actividad se lleve a cabo de manera segura para las personas, el medio ambiente y las instalaciones.

Para cumplir este objetivo la APH cuenta con la División Seguridad en Obras y CAE además del apoyo de una empresa externa especializada y de la aplicación informática Metacontratas que permite gestionar todas las tareas que se derivan de la contratación de obras y servicios en el marco de la CAE.

Esta acción coordinada, desarrolla desde la gestión de la documentación que es necesario intercambiar entre las empresas concurrentes en los distintos centros de trabajo como en las obras de construcción, hasta el control de accesos de los trabajadores a los centros, así como la autorización de los proveedores y visitantes.

La APH dispone de procedimientos de CAE que previo al inicio de la actividad por parte de las empresas contratadas y una vez recogida toda la documentación mediante la aplicación informática Metacontratas, se analiza la misma por parte la División Seguridad en Obras y CAE contando con el asesoramiento de la asistencia técnica contratada, dando el conforme o no conforme de acuerdo con el procedimiento, garantizando la aplicación coherente y responsable de los principios de la acción preventiva por las empresas concurrentes (EECC), la aplicación correcta de los métodos de trabajo, el control de las interacciones de las diferentes actividades, en particular cuando puedan generar riesgos calificados como graves o cuando tengan incidencia en la seguridad y la salud de los trabajadores y la adecuación entre los riesgos existentes que puedan afectar a los trabajadores de las EECC y las medidas aplicadas para su prevención.

S_22

Número total y porcentaje de terminales marítimas de mercancías y de estaciones marítimas de pasajeros en régimen de concesión o autorización, así como de empresas con licencia o autorización para prestar servicios portuarios o comerciales que disponen de sistema OHSAS (S_22)

Número total y porcentaje de terminales marítimas y de empresas de servicios que tienen implantado un sistema OHSAS de prevención de riesgos laborales:

Tipo de terminal/servicio Nº Total Nº con OHSAS/45001 % con OHSAS
Terminal de mercancías 7 5 71%
Terminal de pasajeros 2 0 0%
Servicio estiba 8 0 0%
Servicio MARPOL 9 7 78%
Servicio técnico naútico
(practicaje, remolque y amarre)
5 2 40%
Servicios Portuarios (otros) 52 9 17%

 

S_23

Acciones formativas de seguridad y protección para la comunidad portuaria (S_23)

Desafortunadamente, por motivos de la emergencia sanitaria, no hemos podido realizar ninguna acción formativa.

Con respecto a este particular, es necesario reseñar que los ejercicios relativos al Plan Interior Marítimo y a los Planes de Protección participan las terminales y empresas ubicadas en el Puerto.

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